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Convención sobre los Derechos del Niño

1. ¿Qué es LA CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DEL NIÑO?

La Convención de los derechos del niño fue proclamada y adoptada por la Asamblea General de la ONU el 20 de noviembre de 1989. En ella se establecen los derechos inalienables de todos los niños y las niñas, pero también las obligaciones de los Estados, los poderes públicos, los padres, las madres y la sociedad en su conjunto, incluidos los propios niños y niñas, para garantizar el respeto de esos derechos y su disfrute por todos los niños sin distinción de ningún tipo.

Es el tratado internacional de derechos humanos más ampliamente respaldado, 196 naciones lo han ratificado. Estados Unidos es el único país que no ha completado el proceso de ratificación de la Convención.

La Convención ha puesto a los niños en el centro de las políticas, las leyes, los programas y los presupuestos"

España ratificó la Convención un año después de su aprobación. De acuerdo con la Constitución española, la Convención es parte integrante del ordenamiento jurídico, de aplicación directa en España y el estándar mínimo que debe respetarse a la hora de legislar y desarrollar políticas públicas que afecten a la infancia.

Sin embargo, y a pesar del gran consenso en torno a la autoridad de la Convención, los derechos de los niños se siguen vulnerando en todo el mundo. También en España. Trabajamos sin descanso para que esto no sea así y para que todos los niños disfruten de la mayor garantía para un presente cargado de futuro: sus derechos. 

2. LA CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DEL NIÑO: Un edificio sobre cuatro pilares

Los cuatro principios sobre los que se establece la Convención son la no discriminación, la primacía del interés superior de menor, la garantía de la supervivencia y el pleno desarrollo, y la participación infantil.

La Convención tiene 54 artículos en los que desarrolla, entre otros, el derecho de los niños y niñas a la protección contra todo tipo de violencia y explotación, a la educación, al más alto nivel posible de salud, y a beneficiarse de políticas sociales que garanticen un nivel de vida adecuado para su desarrollo físico, mental, espiritual, moral y social.

3. Los complementos de la Convención

La Convención sobre los derechos del niño se completa con tres protocolos facultativos, relativos a la venta de niños, la prostitución y la pornografía infantiles, y la participación de los niños en los conflictos armados. El tercer protocolo fue aprobado en 2014 y es el que permite a los propios niños o adultos en su nombre, presentar quejas individuales ante el Comité de los derechos del niño.

4. ¿Quién vigila la Convención DE LOS DERECHOS DEL NIÑO?

El Comité de los derechos del niño es un órgano establecido por la propia Convención para hacer seguimiento y evaluar el cumplimiento de la misma por parte de los Estados. Está formado por 18 expertos independientes de distintas nacionalidades.

Cada cinco años los distintos gobiernos de todos los países que han ratificado la Convención deben presentar un informe al Comité donde explican la situación de los derechos de los niños y las niñas en su país y describen las medidas que han adoptado para hacer que se cumplan sus derechos. El Comité analiza estos informes y elabora unas recomendaciones para que cada país mejore su forma de proteger a los niños y las niñas, es lo que se llaman Observaciones Finales.

Las Observaciones Generales del Comité (que se pueden consultar aquí) sirven para que políticos, profesores, jueces, abogados, ciudadanos, etc. sepan interpretar y aplicar correctamente los derechos de los niños y las niñas.